Código Penal
El sistema jurídico no solo protege a quien ayuda, sino que penaliza a quien no lo hace.El principio fundamental es la solidaridad humana convertida en deber jurídico.
Delito de Omisión del Deber de Socorro (Art. 195 CP): Establece que "el que no socorriere a una persona que se halle desamparada y en peligro manifiesto y grave, cuando pudiere hacerlo sin riesgo propio ni de terceros", será castigado con pena de multa de 3 a 12 meses.
Agravante Profesional (Art. 196 CP): Si la omisión la comete un profesional sanitario obligado a ello, la pena incluye la inhabilitación especial para empleo o cargo público.
Responsabilidad Civil y "Estado de Necesidad" (Art. 20.5 CP): Esta es la figura que protege al socorrista lego (no profesional). Si al realizar la RCP fractura una costilla a la víctima, queda exento de responsabilidad criminal bajo la eximente de Estado de Necesidad, siempre que el mal causado (costilla rota) sea menor que el que se trata de evitar (la muerte).
Legislación Laboral
La normativa de prevención de riesgos es estricta respecto a la preparación ante emergencias.
Ley de Prevención de Riesgos Laborales (Ley 31/1995, Art. 20): Obliga al empresario a analizar situaciones de emergencia y adoptar medidas en materia de primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuación. Debe designar personal formado y garantizar material adecuado.
Contenido del Botiquín (Orden TAS/2947/2007): Regula el contenido mínimo obligatorio en los centros de trabajo, que debe incluir: desinfectantes y antisépticos autorizados, gasas estériles, algodón hidrófilo, vendas, esparadrapo, apósitos adhesivos, tijeras, pinzas y guantes desechables.
Normativa Desfibriladores
No existe una obligatoriedad única nacional para instalar desfibriladores en todos los espacios, pero sí un marco regulador base.
Real Decreto 365/2009: Establece los requisitos mínimos y condiciones de uso de los DEA fuera del ámbito sanitario a nivel estatal.
Normativas Autonómicas: La obligatoriedad depende de cada Comunidad Autónoma. Por ejemplo, en Cataluña (Decreto 151/2012), País Vasco (Decreto 9/2015) o Madrid (Decreto 78/2017), es obligatorio instalar DEAs en espacios con gran afluencia (centros comerciales, estaciones de transporte, colegios grandes). En otras regiones es solo una recomendación.